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Este memorándum resume el régimen de licencias de la UE y de Bulgaria para las ventas civiles (no militares) dentro de la Unión Europea y la exportación de:
a) Dispositivos de visión nocturna Gen‑2+ sin retícula que utilicen tubos intensificadores de imagen (monóculos, binoculares); y
b) Cámaras termográficas con una frecuencia de imagen de 50 Hz (monoculares, binoculares, miras telescópicas para rifles, acoplables). Estos artículos pueden clasificarse como bienes de doble uso con arreglo al Anexo I (Categoría 6) del Reglamento (UE) 2021/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, por el que se establece un régimen de la Unión para el control de las exportaciones, la intermediación, la asistencia técnica, el tránsito y la transferencia de artículos de doble uso («Reglamento (UE) 2021/821»), concretamente dentro de las siguientes categorías:
Postura de concesión de licencias — Transferencias intracomunitarias
Conforme al Reglamento (UE) 2021/821, solo se requiere autorización para las transferencias intracomunitarias (cualquier transferencia o movimiento de mercancías desde y hacia el territorio de un Estado miembro, sin salir del territorio aduanero de la Unión) para los artículos enumerados en el anexo IV (artículo 11, apartado 1) del Reglamento. El anexo IV incluye únicamente una parte de los artículos clasificados en el anexo I. Los artículos de las categorías 6A002 y 6A003 del anexo I no figuran en el anexo IV; por lo tanto, normalmente no se requiere licencia de transferencia para las ventas entre Estados miembros de la UE, siempre que los artículos no estén incluidos en la lista de artículos militares y no se aplique ningún control nacional específico.
Implementación y registro en Bulgaria
El Reglamento (UE) 2021/821, a través de su Ley de Control de Exportaciones de Productos y Tecnologías de Doble Uso y Artículos Relacionados con la Defensa (en adelante, la «Ley de Control de Exportaciones») y su Reglamento de Aplicación, regula las actividades de las empresas que realizan actividades reguladas con artículos de doble uso, incluidas las transferencias. Estas empresas deben estar registradas ante el Ministerio de Economía e Industria, cuya solicitud es gestionada por la Dirección de Comercio y Seguridad Internacional. La Ley de Control de Exportaciones define «transferencia» como «cualquier transferencia o movimiento de productos y artículos de doble uso o asistencia técnica relacionados con la defensa desde y hacia el territorio de la República de Bulgaria, sin salir del territorio aduanero de la Unión, desde un proveedor a un destinatario en otro Estado miembro». La normativa búlgara no difiere del Reglamento (UE) 2021/821 en lo que respecta a los requisitos para las transferencias de artículos de doble uso. Por consiguiente, solo se requieren autorizaciones de transferencia para los artículos del Anexo IV.Para ventas civiles para uso en caza, actividades recreativas, industria, construcción, búsqueda y rescate, seguridad del hogar. Dentro de la UE de los dispositivos de visión nocturna Gen‑2+ (6A002/6A002.c) y de las cámaras termográficas de 50 Hz (6A003.b.4), no se requiere licencia de transferencia intra-UE porque estos artículos no están enumerados en el Anexo IV.
Referencias legales
Reglamento (UE) 2021 / 821 — Art. 3; Art. 11(1), 11(2), 11(9); Anexo I (Categoría 6); Anexo IV.
Exportaciones fuera de la UE desde Bulgaria
Los artículos de doble uso enumerados en el Anexo I del Reglamento (UE) 2021/821 están sujetos a control de exportaciones y requieren una licencia de exportación si se exportan fuera de la UE.
Para exportar fuera del territorio aduanero de la UE dispositivos de visión nocturna Gen2+ (6A002/6A002.c) y cámaras termográficas de 50 Hz (6A003.b.4) desde Bulgaria, las empresas deben registrarse ante el Ministerio de Economía e Industria de Bulgaria presentando una solicitud de registro de exportación y transferencia, junto con la documentación justificativa requerida. El procedimiento de registro se define en el Reglamento de Aplicación de la Ley de Control de Exportaciones.
Una vez registrados y obtenido el certificado de registro, los exportadores pueden solicitar una licencia de exportación para artículos y tecnologías de doble uso.
Si la exportación se va a realizar desde otro Estado miembro de la UE, consulte a la autoridad nacional competente de ese país.
Referencias legales
Reglamento (UE) 2021 / 821 — Art. 3; Art. 11(1), 11(2), 11(9); Anexo I (Categoría 6); Anexo IV.
Clasificaciones del Anexo I: 6A002.a.2; 6A002.c; 6A003.b.4 (la exclusión de ≤9 Hz no se aplica a 50 Hz).
Bulgaria: Ley nacional de control de exportaciones y el Reglamento de aplicación de la Ley de control de exportaciones; autoridad competente: Consejo Interdepartamental de Seguridad de la Industria de Defensa y Suministros del Consejo de Ministros, Ministerio de Economía e Industria (Dirección “Comercio y Seguridad Controlados Internacionalmente”) y Comisión Interministerial para el Control de Exportaciones y la No Proliferación de Armas de Destrucción Masiva con el Ministro de Economía e Industria.
Este documento está vigente a octubre de 2025 y se proporciona únicamente con fines informativos. No constituye asesoramiento legal. Los requisitos regulatorios pueden cambiar con el tiempo. Para obtener orientación sobre transacciones específicas, consulte a las autoridades locales pertinentes y a profesionales legales o de cumplimiento normativo cualificados.